Para obtener el reconocimiento por el Instituto de asignaturas aprobadas por equivalencias se requerirá:
- Las asignaturas deberán estar aprobadas en Universidades, Institutos Terciarios reconocidos por la Nación o la Provincia de Buenos Aires.
- Que el reconocimiento se solicite mediante los procedimientos reglamentarios, dentro de los plazos establecidos por el Calendario Académico vigente en el momento de iniciarse el trámite.
CONDICIONES DE LAS EQUIVALENCIAS
El reconocimiento de las equivalencias estará sujeto a las siguientes condiciones:
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Las asignaturas cuyo reconocimiento se solicite, deberá ser equivalente a las que se cursen en la respectiva carrera, tanto en extensión y enfoque como en intensidad y contenidos, requisitos que se juzgarán comparando los planes de estudio y en especial sus contenidos en su totalidad.
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Cuando se lo considere conveniente, podrá exigirse prueba de evaluación destinada a comprobar el nivel académico de los estudios aprobados.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EQUIVALENCIA
- Nota solicitando equivalencias.
- Certificado analítico universitario ó terciario donde conste la totalidad de materias aprobadas, expedido por las autoridades competentes.
- Plan de estudio por el cual cursaba la carrera en el momento de solicitar la baja, para el caso de los alumnos que lo hayan hecho por distintos planes.
- Programas analíticos de las materias aprobadas, con certificación expresa por parte de la respectiva universidad o Instituto terciario, que desee se le reconozcan.
Toda la documentación deberá estar legalizada por los organismos competentes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Pcia. de Bs. As. ó del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación correspondiente.
EVALUACIÓN DE EQUIVALENCIAS
Presentada la solicitudes antes mencionadas el alumno solicitará toda la documentación que deberá cumplimentar, luego deberá entregar las mismas a cada docente de las cátedras que desee otorguen equivalencia, quienes evaluaran lo presentado por el alumno, luego el docente elevará a la Dirección el informe del otorgamiento o no de la misma, luego administrativamente se pondrá en conocimiento del alumno la decisión tomada, la que pasará a formar parte del Legajo Administrativo del alumno.
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