Interno | Convivencia | Económico | DIPREGEP 7320 |
Reglamento para el Profesorado de Educación Física.
El Instituto se regirá cumpliendo:
* Las reglamentaciones vigentes emanadas por D.G.C.y E. y por DIPREGEP (De uso interno de Dirección y Secretaría).
* Normas expresadas en el Reglamento Interno del Instituto Superior del Partido de La Costa del cual se notifican fehacientemente y se encuentra a disposición de quien lo solicite.
- Los alumnos contarán con las instalaciones del Instituto y Clubes de la zona de que dispone nuestro Instituto, en los horarios que se indiquen en cada caso.
- No está permitido entrar en dependencias distintas de las que cada uno tiene asignadas.
- Para entrenar natación habrá días y horarios específicos a confirmar en la pileta del Camping Estancia El Carmen.
- Los gastos por roturas o deterioros causados por los alumnos serán solventados por los causantes o responsables (Ampliado en el Convenio Económico – Administrativo).
- El cumplimiento de lo precedentemente establecido no excluye las medidas disciplinarias a que hubiere lugar.
· DEL DESENVOLVIMIENTO INTERNO
- La presentación de los alumnos (largo del cabello, maquillaje en las chicas, adornos, accesorios, etc.) en los aspectos que no estén específicamente reglamentados, deberá ajustarse a un criterio de moderación que excluya excentricidades y todo tipo de extravagancias.
- A efectos de realizar, las observaciones y prácticas educativas, los alumnos y alumnas deberán cumplir con las normas que rigen para el cuerpo docente respecto de la indumentaria y accesorios.
- Los alumnos y las alumnas tiene que cumplir con:
* El requisito de indumentaria reglamentaria identificatoria del profesorado para cada una de las actividades que se especifiquen.
* La prolijidad en el vestir, la higiene y el esmero en la presentación personal.
* El uso del cabello corto o recogido, prolijamente peinado.
* Está prohibido fumar o ingerir bebidas alcohólicas, en todas las instalaciones del Instituto ya que no estaría de acuerdo a un perfil docente ni deportista.
*En su trato con profesores, autoridades, personal en general, alumnos y compañeros, deberán guardar cordialidad y modales correctos, demostrando un trato y expresiones de educación propias del futuro profesional docente.
El uniforme se utilizará para asistir a clases y representaciones oficiales: actos, eventos deportivos, trabajos prácticos, prácticas de la enseñanza, y cada vez que expresamente sea solicitado por el Instituto.
El cumplimiento del uniforme completo será requisito indispensable para ingresar y permanecer en clases y participar de actividades institucionales programáticas o extracurriculares.
UNIFORME INTERNO:
- Pantalón deportivo.
- Chomba o remera.
- Buzo.
El Uniforme es el definido por la Institución, el cual deberá ser adquirido por el alumnado, según plazos establecidos en el primer año de cursada. Los alumnos deberán prever el desgaste del mismo, adquiriendo el de reemplazo. En caso de que por causas fortuitas no se contara con el uniforme en alguna ocasión, el alumno deberá respetar los colores básicos reglamentarios del uniforme institucional.
De ninguna forma podrá asistir a actividades programáticas o extracurriculares sin el uniforme oficial.
MUJERES y VARONES:
- Deportes: Vestimenta deportiva adecuada a cada deporte. Pueden complementarlo con short o calzas. Si es necesario botines de cuero negros.
- Gimnasia: Malla, calzas y remera. Badanas o alpargatas.
- Natación: Malla tipo competición. Gorra de baño. Antiparras.
ELEMENTOS DEPORTIVOS:
- 1 (una) pelota para cada deporte.
- Elementos para protección del físico.
- Stick – Raqueta – Bate – Otros que se puedan requerir.
- Recursos didácticos adecuados a las prácticas.
- Silbato y cronómetro.
· DE LA ASISTENCIA
El alumno deberá cumplir con la asistencia y los horarios acordados:
- Llegada al Instituto con diez minutos de antelación.
- Participación del izamiento de la Bandera Nacional.
- Ingreso al curso antes del inicio de cada cátedra. Si se ingresara posteriormente se consignará tarde hasta los diez minutos posteriores a comenzada la hora, esto equivale a media falta. Después de los 10 minutos se consignará ausente (falta completa).
- Presentación ante la mesa de examen en fecha y horario informado. Al iniciarse la mesa se pasará lista de los alumnos inscriptos. Se consignará ausente a los que no se hayan presentado en ese momento. Terminada la acción de pasar lista, se consignará en el acta la totalidad de los ausentes no pudiendo modificarse, salvo razones extremas debidamente justificadas.
- Los trabajos prácticos y las prácticas gimnásticas - deportivas de todas las materias se efectuarán fuera del horario de clase regular; pudiéndose aprovechar las horas libres que se pudieren producir por causas ajenas al Instituto.
- La Perspectiva Ambiental contará además de su carga horaria sistemática, con la complementación de Campamentos Educativos de carácter obligatorio.
- En turno contrario al de las clases se cursará con reglamentación especial el “Espacio de la Práctica” (Prácticas Pedagógicas).
- Asistencia obligatoria a las actividades extracurriculares requeridas por la Institución, que podrán producirse fuera del horario de la cursada, en estos casos se informará con antelación (incluso sábados, domingos o feriados). De no presentarse y no justificar las inasistencias debidamente, se consignarán ausentes en las cátedras correspondientes al o los días lectivos inmediatamente subsiguientes a las fechas en que se llevaron a cabo las extracurriculares, o en las que correspondía cursar el día utilizado. Si la actividad fuera de jornada completa se considerará doble falta.
- La asistencia será considerada por hora y tomada por el Profesor.
- El ingreso al curso debe ser antes del inicio de cada cátedra. Idéntica situación se considerará para el retiro anticipado de la hora.
- El porcentaje de asistencia obligatorio equivale al 80 % del total de las horas dictadas. Si se presentara certificado de trabajo la asistencia será correspondiente al 60 % de las horas dictadas. Los certificados laborales deberán ser presentados antes del 30 de abril. Si no se hiciera hasta esa fecha, o se comenzara a trabajar posteriormente, una vez entregada la certificación, se considerará el 80% para el primer cuatrimestre y el 60 % para el segundo. La certificación laboral deberá ser renovada todos los años.
- Se podrá solicitar SAF en las materias prácticas, según acuerdo con cada Docente y expresamente escrito en el Contrato Pedagógico.
- Un campamento como mínimo por año de cursada. (A estos debe sumárseles los correspondientes a Perspectiva ambiental).
- Ochenta horas de Actividades extracurriculares.
- Representación en Actos y Actividades socio – comunitarias.
- Seminarios. Talleres. Jornadas.
- Organización y participación en Bautismo (1º y 2º año).
- Participación en Torneos Internos.
- Participación y organización de la Estudiantina (4º año).
- Asistencia al Acto de Cierre Lectivo y Colación de Grado.
- Organización (3º año) y presencia en la Cena de Egresados (4º año) Para el resto de los alumnos es optativo.
Nota aclaratoria: Para la obtención del título deben haberse cumplido las actividades extracurriculares mencionadas.
- El APTO MÉDICO de ingreso a la carrera estará a cargo de la entidad oficial o privada reconocida, siendo el alumnado o sus representantes en caso de minoría de edad los responsables de la veracidad de los mismos.
- Se deberá renovar anualmente la aptitud psico – física.
- Al inicio de la carrera y antes de culminar el período lectivo se deberá entregar la certificación fonoaudiológica; y al finalizarla se entregará la aptitud.
- Toda afección o estado, orgánico o funcional, transitorio o definitivo , que a juicio del Cuerpo Médico, constituya un riesgo para la vida del aspirante en la práctica de la actividad física específica, o disminuya su capacidad para ese fin, tanto en el período de ingreso como durante la carrera, será causa de ineptitud de carácter médico.
- Las decisiones de la Autoridad Médica son definitivas e inapelables.
* PARA LA PERMANENCIA:
- Toda afección o estado, general o de un órgano, aparato o sistema, que se evidencien en el alumno admitido, durante sus estudios, en caso de haber sido disimulado en el ingreso, por su tipo crónico, será motivo de examen por el Cuerpo Médico y, comprobado, será causa de ineptitud de carácter médico.
- Se aplicará el mismo criterio ante enfermedades o lesiones acontecidas a los alumnos durante su permanencia en calidad de tales.
- El Instituto podrá solicitar la realización o repetición de estudios médicos, e incluso la realización de los mismos por medio del Cuerpo Médico propio, siempre que lo considere necesario.
* PARA EL ALUMNADO DE SEXO FEMENINO:
1) Es obligación de las alumnas hacer saber a la Dirección su estado de embarazo en cuanto éste sea de su conocimiento.
2) Queda prohibido a las alumnas embarazadas realizar todo tipo de actividad física. Además no podrán iniciar ni continuar cursando materias prácticas, como así, tampoco Práctica de la Enseñanza.
3) Del mismo modo las asignaturas teórico ‑ prácticas
4) Las alumnas embarazadas que no notificaran oportunamente su estado de gravidez a las autoridades del Profesorado, asumirán la total responsabilidad de los posibles riesgos que alteren la evolución de la misma, imputables a la actividad física.
5) Con posterioridad al parto, ninguna alumna podrá reincorporarse a clases sin la correspondiente autorización médica, en donde se especificarán sus posibilidades de actividad.
6) En lo pertinente, se aplicará esta reglamentación a las aspirantes a Ingreso.
Cuando la envergadura del evento pueda producir un enriquecimiento del saber, podrán realizarse jornadas o actividades que atañen a toda la comunidad educativa dentro del horario de la cursada (Simposios, Jornadas, Gala de Gimnasia, etc.)
La asistencia a dichas actividades será obligatoria, tomándose en cuenta la inasistencia como ausente a la o las materias que debieran cursarse en ese horario.
Los alumnos deberán elegir un delegado titular y uno suplente de cada curso que los represente grupalmente ante la dirección, por medio del cual podrán volcar sus dificultades, sugerencias o inquietudes.
El delegado suplente reemplaza al titular en caso de ausencia del mismo. Si por alguna razón el delegado titular inasistiera o renunciara, el suplente automáticamente tomará su lugar.
Independientemente de las demandas de los cursos, la dirección realizará periódicamente reuniones con los representantes de cada curso para intercambiar opiniones sobre los temas que considere convenientes.
Estos delegados tendrán representación en el Consejo Académico.
La elección de delegado se realizará a partir de una lista de postulantes de alumnos del curso.
Todos los participantes del grupo votarán a un postulante. Se nombra delegado titular al que obtenga la mayoría de votos y suplente al siguiente. En caso de empate, se realizará una nueva votación que considerará sólo a los postulantes que quedaron empatados.
El voto es secreto y al finalizar la elección se realizará un acta de la misma para entregar los resultados en la Dirección.
Los delegados deberán actuar con ética y absoluta responsabilidad, siendo ellos los responsables de informar a sus compañeros la totalidad de las novedades.
Es un acuerdo entre el alumno y el profesor que deberá discutirse en las primeras semanas de clases. El objetivo del mismo es que el docente y el grupo de alumnos acuerden algunos aspectos referentes a la cátedra que cursarán durante el año.
El profesor presentará la programación de su materia, explicando las expectativas de logro, los objetivos de la misma, los contenidos, trabajos prácticos y evaluaciones que tomará durante el año, como así también la modalidad que se llevará a cabo en el examen final.
En este se formalizarán compromisos que asuma el profesor con sus alumnos y viceversa.
Es responsabilidad de los alumnos, solicitar copia de las planificaciones, que contienen estos acuerdos.
Es un reglamento que indica en forma detallada las pautas de convivencia en todos los aspectos que hacen a la vida terciaria. El mismo indicará las sanciones a aplicar en caso de violación de la pautas de convivencia.
Las sanciones tendrán mayor o menor severidad según la gravedad del episodio; y la definición de la sanción quedará a cargo del Consejo Consultivo.
Las decisiones serán inapelables y pueden variar entre un llamado de atención bajo acta que se archivará en el legajo del alumno hasta la expulsión del causante del problema.
Este reglamento será construido por la comunidad académica en su conjunto. No podrá contradecir en ningún punto a las reglamentaciones indicadas en Normas de Funcionamiento.
Deberá ser revisado cada inicio de año lectivo por los delegados de cada curso, más los representantes que la Dirección defina del cuerpo de profesores, el mismo estará a disposición de quien lo solicite.
El Consejo Consultivo es un órgano de discusión con voz y voto. Las decisiones de éste son inapelables.
El Consejo tratará todo tipo de temas pedagógicos, disciplinarios y socio - comunitario que se propongan, dentro de las Normativas vigentes y siempre bajo el respeto absoluto a las reglamentaciones enunciadas en este Reglamento interno.
Estará formado por un delegado de cada curso (hasta cuatro alumnos como máximo – dos titulares de los años más avanzados y dos suplentes), dos representantes de la comunidad (un titular y un suplente) y dos profesores (un titular y un suplente), más el Director (o quien este envíe como representante).
Las decisiones se tomarán por simple voto cantado y en caso de empate, el Director definirá la situación con voto doble.