“Sr.
Ministro:
La Ley N° 4129 que he visto promulgada en el Boletín Oficial
de la Nación
del 22 de Agosto último, me recuerda mi recompensa por servicios gratuitos
prestados al país, con anterioridad a mi nombramiento de Perito Argentino en la
demarcación de límites con Chile, una extensión de campos fiscales en el
territorio del Neuquén ó al sur del Río Negro Durante las excursiones que
aquellos años hice al Sur, con los propósitos que más tarde motivaron dicho
nombramiento, admiré lugares excepcionalmente hermosos y más de una vez enuncié
la conveniencia de que la Nación conservará la propiedad de algunos para el
mejor provecho de las generaciones presentes y las venideras siguiendo el
ejemplo de los Estados Unidos y de otras naciones que poseen soberbios paisajes
que, en días ya lejanos me hicieron entrever la grandeza futura de tierras
entonces ignoradas que nos eran disputadas , pero que su conocimiento ha hecho
argentinas para siempre y me es grato apresurarme a contribuir a la realización
de ideales nacidos durante el desempeño mis tareas en aquel medio desarrolladas
con la enseñanza de su observación. Vengo por eso, por la presente, invocando
los términos de la ley, a solicitar la ubicación de un área de tres leguas
cuadradas en la región situada en el límite de los territorios del Neuquén y
Río Negro, en el extremo oeste del fjiord principal del Lago Nahuel Huapi, con
el fin de que sea conservada como parque público natural y al efecto pido a
V.E. que hecha esta ubicación se sirva aceptar la donación que hago a favor
del país en esa área que comprende desde la Laguna de los Cántaros,
inclusive, al norte, hasta el boquete Barros Arana al sur, teniendo por limite
occidental la línea fronteriza con Chile en los boquetes de los Raulíes y Pérez
Rosales, y oriental la serranía al este de la Ensenada de Puerto Blest y de la
Laguna Frías y contiene la reunión más interesante de bellezas naturales que
he observado en la Patagonia. Cada vez que he visitado esa región me he dicho
que convertida en propiedad pública inalienable llegaría a ser pronto centro
de grandes actividades intelectuales y sociales, y, por lo tanto, excelente
instrumento del progreso humano. Los fenómenos físico- naturales que allí se
observan empiezan a atraer a los estudiosos, que se entregarían cómodos a sus
investigaciones fructíferas y los maravillosos escenarios de lagos y torrentes,
de las selvas gigantes, de la montaña abrupta y del hielo eterno que se
desarrollan en una situación geográfica trascendental, desde que la cruza la vía
más corta entre Australia, Nueva Zelandia y la Europa bañada por el Atlántico,
forman un conjunto único de circunstancias favorables a mi propósito presente
en ese hermoso pedazo de tierra andino donde el Monte Tronador asocia en su
cumbre a dos naciones, cuya unión impuesta por la naturaleza, saludarán
siempre las salvas del coloso. Chile posee tierras fiscales en la vecindad y
quizás le diera ese destino. Así en aquella magnificencia tranquila podrán
encontrar sano y adecuado panorama los habitantes de ambos lados de los Andes, y
contribuir, reunidos en comunidades de ideas durante el descanso y solaz, cada
vez más necesarios en la vida activa del día, a resolver problemas que no
llegarán a resolver nunca los documentos diplomáticos y los visitantes del
mundo entero, entremezclando intereses y sentimientos en aquella encrucijada
internacional, beneficiarán más aun en progreso natural de la influencia que
por sus condiciones geográficas corresponde a ese extremo de América en el
hemisferio actual. Al hacer esta donación emito el deseo de que la fisonomía
actual del perímetro que abarca no sea alterada y que no se hagan más obras
que aquellas que faciliten las comodidades para la vida del visitante culto,
cuya presencia en esos lugares será siempre beneficiosa a las regiones
incorporadas definitivamente a nuestra soberanía y cuyo rápido y mediato
aprovechamiento debe contribuir tanto a la buena orientación de los destinos de
la nacionalidad Argentina.”
El 1 de Febrero de 1904 el entonces Presidente Julio Argentino Roca firma el decreto en el cual se acepta la donación y en su Artículo 1° dice así: "Acéptase dicha renuncia y resérvese como parque nacional la zona indicada..."